TU AVISO DE FUNCIONAMIENTO, PASO 1 PARA EL TARJETON




     Para poder dar servicio como micropigmentador, tatuador o perforador es necesario tramitar
un aviso de apertura.
     Este no tiene ningun costo pero si hay que cumplir con ciertos requisitos, y uno es pagar impuestos como no, nuestro gobierno no da paso sin huarache!
     Hay micropigmentadores que trabajan en diferentes salones, hay que dar aviso de apertura en
cada uno de ellos.   Es muy simple, solo hay que llenar un formato y anexar documentacion oficial
requerida.



COMUNICADO DE PRENSA No. 343
25/Septiembre/2012

Secretaría de Salud refuerza el control sanitario de tatuajes y perforaciones en la piel

  • La COFEPRIS publicó en el DOF el Aviso que obliga a los prestadores de estos servicios a solicitar el permiso de los padres o tutores en el caso de menores de 18 años
  • Los tatuajes mal aplicados pueden representar un riesgo a salud y causar hepatitis o VIH, entre otras enfermedades
  • Se advierte a los negocios que las multas por incumplir las reglas pueden llegar a 750 mil pesos
La Secretaría de Salud a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) reforzó el control de los servicios de tatuajes o perforaciones en la piel y publicó en el Diario Oficial de la Federación el Aviso por el que se da a conocer a los prestadores de estos servicios el formato de carta de consentimiento de quien recibe el servicio, el cuestionario sanitario previo y la carta de autorización de sus padres o tutores que deberán solicitar a los menores de 18 años.
Lo anterior, con la finalidad de prevenir riesgos a la salud de los usuarios, ya que los tatuajes o perforaciones mal aplicados o contratados en el mercado informal pueden representar un riesgo sanitario y provocar hepatitis o VIH, entre otras.
La publicación del Aviso que deberán observar y exigir a los menores de edad los tatuadores, micropigmentadores o perforadores de piel, se suma al Decreto Presidencial por el que se reforma y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Serviciosque entró en vigor el pasado 22 de agosto.
La carta de aceptación que deberán firmar los padres o tutores antes del tatuado y guardar los prestadores de servicios para cuando los visiten los verificadores sanitarios federales o estatales, establece que habiendo constatado las condiciones sanitarias del establecimiento, así como las capacidades del personal, autorizo que se realice el procedimiento…teniendo conocimiento de pleno conocimiento de los riesgos y complicaciones.
El Comisionado de Operación Sanitaria de la COFEPRIS, Álvaro Pérez Vega, explicó que se vigilará que los tatuadores, micropigmentadores y perforadores:
  • Cuenten con tarjeta de control sanitario. (La cual deberá contar cuando menos el nombre del trámite, el nombre completo y el domicilio del tatuador, perforador o micropigmentador, el domicilio del establecimiento y el horario de atención).
  • Cuenten con carta de consentimiento de quien recibe el servicio.
  • Hubiesen aplicado cuestionario para conocer el estado de salud del usuario.
  • Hubiesen proporcionado a los usuarios información clara, completa y precisa respecto del procedimiento (los riesgos, la irreversibilidad y cuidados)
  • En el caso de menores de edad hubiesen requerido la autorización de quien ejerza la patria potestad o de su tutor respecto de menores de edad para la realización del tatuaje, micropigmentación y perforación.
  • Lleven el registro de los usuarios de sus servicios en una libreta encuadernada y foliada, en la que deberá asentar la información personal y los datos de la identificación oficial de quien recibió el servicio.
  • Lleven un Manual de procedimientos, el cual indique las técnicas de tatuajes, micropigmentaciones o perforaciones que ofrecen; descripción detallada de cada procedimiento que utilizará para la prestación de sus servicios, y el material y equipo que utilizará en la prestación de sus servicios.
  • Que la joyería, agujas, navajas, punzones u otro material punzo cortante que se utilicen en los procedimientos de tatuajes, micropigmentaciones o perforaciones, sean desechables y usados una sola vez.
  • Que cualquier utensilio, equipo o instrumento susceptibles de ser reutilizados, sean esterilizados
  • Que en la perforación no se utilicen pistolas para perforar o cualquier otro equipo, que dado a sus características no puedan ser esterilizados o desinfectados, en todas sus partes y que por tanto constituya un riesgo de transmisión de enfermedades.
Los tatuadores o perforadores que incumplan con estas disposiciones se harán acreedores a multas hasta por 12 mil días de salario mínimo vigente, es decir, 726 mil pesos.
La COFEPRIS exhorta a las personas que deseen tatuarse o perforarse la piel que acudan a negocios establecidos y eviten estos servicios en el comercio informal.
Las denuncias pueden presentarse en www.cofepris.gob.mx o en el 018000335050.


A continiacion les anexo las ligas para que bajes los documentos
http://www.cofepris.gob.mx/TyS/Documents/Formatos/Instructivo_Aviso_Funcionamiento.pdf
A sus ordenes para cualquier duda en el celular 55-30070822.

Comentarios

  1. Oye claro que tiene costo, en la página de Cofepris esta es en $5000 y fracción, menos de 6 mil... si no los pagas en el banco no te reciben el trámite

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    1. El tramite de Aviso de funcionamiento es un tramite gratuito ante COFEPRIS

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